Reglamento de alquileres instalaciones deportivas



REGLAMENTO DE ALQUILER DE INSTALACIONES DEPORTIVAS

Art. 1: La Delegación de Deportes podrá reservar todos los espacios deportivos para la realización de actividades y competiciones, así como la cesión de espacios deportivos a los clubes. Los espacios que queden libres se cederán en alquiler. La Delegación de Deportes se reserva, en cualquier caso, la facultad de anular cualquier reserva de uso por necesidades del mismo, previo aviso en tiempo y forma a los afectados.

Art. 2: El alquiler de cualquier instalación se realizará en las oficinas de la Delegación de Deportes; se podrán hacer reservas por teléfono y por los medios que la propia delegación estime conveniente.

Art. 3: Como norma general, los espacios deportivos se podrán alquilar para los días del mes en curso de lunes a viernes y para alquilar los fines de semana se hará en  la semana en curso.

Art. 4: Las reservas para los días de lunes a viernes del mes en curso se podrá hacer el primer lunes de cada mes, así como para la reserva de las instalaciones durante los fines de semana se podrá hacer a partir del lunes de la semana en curso. El horario para hacer la reserva será a partir de las 11´30 de la mañana y las reservas por teléfono se atenderán a partir de las 12 de la mañana de los lunes.
Art. 5: El alquiler se efectuará pagando el precio público establecido por adelantado, antes de usar la pista, no se podrán hacer reservas si no se abona la tasa pública.


Art. 6: Si se dispone de un abono de usos (Tenis o Pabellón), se podrá hacer reservas por teléfono si el abono se encuentra en las oficinas.  Así en el momento de hacer la reserva e indicando el nº del DNI será picado por el personal de la instalación tantas veces como el número de usos que se alquile, no pudiendo hacer nuevas reservas si éste se agota.

Art. 7: Anulación del alquiler

            La anulación de reservas se podrá hacer efectiva:
a)      Siempre y cuando se produzca 48 horas de antelación al uso, con una llamada de teléfono o en las oficinas.

b)      Por condiciones climatológicas que impidan la práctica deportiva.

            En los 2 casos anteriores el usuario tendrá derecho a poder utilizar otro día, en 7 días como máximo, ese alquiler anulado, siempre con la disponibilidad de las instalaciones.

En caso de no uso por causa no justificada el usuario perderá el derecho a un nuevo uso.

Art. 8: El alquiler de una pista conlleva el poder utilizar los vestuarios y duchas 15 minutos, tanto antes como después de su uso, excepto a última hora de uso de la instalación que coincide con el cierre de la misma.